Fallo condenatorio por robo calificado cometido en pandilla

Mérida, Yucatán, 17 de julio de 2020.- La Jueza de Control del Primer Distrito Judicial del Estado del Sistema Penal Acusatorio y Oral, Elsy del Carmen Villanueva Segura, dictó, por medio de un procedimiento abreviado, fallo condenatorio a una persona como coautor del delito de robo calificado cometido en pandilla, por hechos ocurridos en marzo de 2019.

En audiencia celebrada ayer en la sala 2 del Centro de Justicia Oral de Mérida (CJOM), los representantes de la Fiscalía Estatal expusieron en su acusación:

“Entre las 22:00 horas del día 4 de marzo de 2019 y las 02:00 horas del día 05 del propio mes y año, el ahora sentenciado en compañía de dos personas de sexo masculino, realizando un boquete en una de las paredes de un predio ubicado en la Colonia Santa María Chi de esta Ciudad de Mérida, Yucatán, mismo que es un establecimiento destinado al comercio de madera propiedad de la víctima, posteriormente ingresaron al mismo y se apoderaron de la cantidad de $2,400,000.00 M.N. (dos millones cuatrocientos mil pesos moneda nacional), dos computadoras laptop, un equipo de DVR y una cámara de vigilancia, para posteriormente retirarse del lugar con los objetos sustraídos a bordo de un vehículo de la marca Ford, conducido por una cuarta persona, quien minutos antes los había dejado en el lugar de los hechos, todo lo cual fue realizado sin derecho y sin consentimiento de quienes conforme a la ley podían disponer de esos objetos.”

La Jueza Villanueva Segura explicó que corroboró que se cumplieron los requisitos que la ley exige para llevar a cabo el procedimiento abreviado, una forma de terminación anticipada del proceso prevista en el artículo 201 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) y que los datos de prueba que presentó la Fiscalía fueron suficientes, útiles y pertinentes para determinar un fallo condenatorio.

A solicitud de los representantes de la Fiscalía Estatal, la Jueza de Control declaró penalmente responsable al acusado y le impuso 6 años, 2 meses y 8 días de pena privativa de la libertad.

La Jueza de Control también condenó al sentenciado a pagar una multa de 150 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente en la época de los hechos, equivalente a la cantidad de $12,673.50 M.N.; lo amonestó públicamente; le suspendió sus derechos políticos; le negó los beneficios sustitutivos de prisión y le prohibió acercarse a la víctima y al lugar de los hechos, por el término de un año posterior al cumplimiento de la pena de prisión.

Asimismo, la Jueza condenó al sentenciado al pago de la reparación del daño material de manera solidaria y mancomunada con los coautores del hecho, de manera genérica, para que, en ejecución de sentencia por la vía incidental, se determine el monto a pagar.

Cabe mencionar que además del hoy sentenciado, en procedimiento diverso otra persona ya recibió sentencia como coautor de estos mismos hechos.

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