Reintegrar al adolescente, fin del sistema de justicia

Mérida, Yucatán a 25 de abril de 2019.- Jueces y especialistas del sistema especializado en justicia para adolescentes del Poder Judicial del Estado destacaron el carácter reeducativo de las medidas que se imponen a los menores de edad que son responsables de delitos.

Lo anterior se dijo en la mesa panel “La reeducación con perspectiva de género en el sistema penal juvenil” que se realizó esta tarde en la sede del Tribunal Superior de Justicia del Estado, evento coordinado por la Magistrada Ligia Aurora Cortés Ortega, Enlace Nacional e integrante de la Comisión de igualdad de género del Poder Judicial, en el marco del “Día Naranja” establecido cada 25 de mes para resaltar acciones que incidan en la igualdad entre hombres y mujeres.

La jueza Chiu Dorantes expuso que el proceso penal para el caso de adolescentes debe observar en todo momento el fin socieducativo del sistema. Explicó que la medida de sanción para una persona adolescente que ha sido hallada responsable de un delito es la reinserción social y reintegración, para lo cual se toman en cuenta los ámbitos familiar, laboral, escolar y comunitario en los que se desarrolla la persona.

Por su parte, el consejero de la Judicatura Luis Solís Montero, dijo que se trabaja con los adolescentes con base en medidas sancionadoras que no tienen la finalidad de castigar, sino de ayudar en su proceso de reincorporar al joven a su entorno social y familiar. Estas medidas, explicó, también se rigen por instrumentos internacionales y tienden a que el imputado o sentenciado quede en el seno de la familia como finalidad última que es la formación.

Por su parte, Galván Martínez dijo que se reeduca a los adolescentes a través de conductas socialmente positivas. Recordó que en 1972 los menores eran considerados inimputables por falta de desarrollo, pero ahora son imputables como personas en desarrollo cuando tienen entre más de 12 y menos de 18 años.

Antes infringían la ley y se iban a la correccional por la desobediencia hacia los padres, por conducta indebida en la escuela y por vida licenciosa y debía corregírseles, eso estuvo hasta los ochenta y se quedaba al libre albedrío de un Consejo.

Sin embargo, apuntó la ley nacional vigente ya toma en cuenta cuestiones de carácter educativo, deporte, adquisición de habilidades, equidad y perspectiva de género.

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